Tips de hacienda pública: ¿En qué casos se recomienda utilizar rentas de destinación específicas?



Hola a todos:





Las rentas de destinación específica consisten en la técnica presupuestal de asignar una determinada renta recibida por una carga impositiva para la financiación de una actividad gubernamental previamente establecida en la ley de presupuesto.



Bajo los parámetros de la Constitución de 1991, siendo la regla general la de la prohibición de establecer rentas de destinación específica, la excepción es cuando se da el supuesto de la inversión social, entendida como todos los gastos incluidos dentro del presupuesto de inversión, que tienen como finalidad la de satisfacer las necesidades mínimas vitales del hombre como ser social, bien sea a través de la prestación de los servicios públicos, el subsidio de ellos para las clases más necesitadas o marginadas y las partidas incorporadas al presupuesto de gastos para la realización de aquellas obras que por su importancia y contenido social, le reportan un beneficio general a la población (Sentencia C – 590 / 1992).



Las rentas parafiscales, por ejemplo, se refieren a contribuciones o cargas impuestas a los productores de una actividad específica que han sido solicitadas por ellos mismos para beneficio exclusivo de su propio grupo. Allí, las rentas de destinación específica se justifican por cuanto existe una relación de causalidad entre el origen y el destino de la renta.




Explicación sencilla, pero importante para aclarar esta inquietud.




Hasta una próxima oportunidad,







Camilo García Sarmiento

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