Temas de derecho pensional: el litisconsorcio necesario en demandas de reconocimiento de pensión de sobrevivientes (jurisprudencia CSJ, 1972 - 2021)
Hola a todos: Hay una situación muy frecuente en materia de pensiones, cuando se demanda judicialmente una pensión de sobrevivientes. Digamos que hay dos beneficiarios (o grupos de beneficiarios), típicamente la esposa y la compañera permanente, o dos compañeras permanentes simultáneas, o esposa (o compañera permanente) e hijos menores. En esos casos, como quien normalmente demanda ignora sobre la existencia de los otros beneficiarios (bueno, a veces sí, a veces no, son los casos típicos de las concubinas que saben de la existencia la una de la otra, y los hijos que saben de la existencia de las dos), los juzgados laborales tienen que decidir si se ordena vincular a los otros reclamantes (o a las demás personas a quienes ya se les haya concedido la pensión), acudiendo a la figura del litisconsorcio, bien sea facultativo o necesario. Ello me motiva a presentar a ustedes la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, decantada a ese preciso ...