Aplicaciones prácticas de la Ley de Habeas Data a la gestión de información comercial (datos derivados del flujo logístico)

Hola a todos: 


Hoy quiero dar una explicación de un tema técnico (con implicaciones a nivel jurídico) en relación con el manejo de habeas data (a nivel general, no solo en cuanto al manejo de datos "personales" en sentido estricto), integrándolo al campo técnológico de la gestión de la información. 


Para ello vamos a suponer, que estamos discutiendo la implementación de un programa para la extracción de datos de ventas e inventarios de productos de la empresa XXX, a través de un software con una aplicación integradora, cuya función será la captura de datos originados por una empresa ABC (denominado canal o suministradora), para extraer y poner a disposición de la empresa XXX, la información relacionada con la comercialización de productos y unidades de productos de la la empresa XXX (típica operación de gestión logística, que implica por supuesto, la captura de datos susceptibles de amparo bajo las normas de habeas data).


En este tipo de contratos, se evidencia la intención de implementar un sistema (software y hardware) para realizar un proceso ETL (Extract, Transform, Load) dentro de un sistema de gestión de bases de datos descentralizado, que involucra, tanto una base de datos transaccional u operativa (OLTP, Online Transaction Processing), como otra base de datos analítica o informacional (OLAP, Online Analytical Processing).

 

Conviene precisar que los sistemas de gestión de bases de datos OLTP proporcionan datos originales para su almacenamiento (registro inmediato de una actividad negocial actualmente en operación), mientras que los sistemas OLAP sirven para analizar dichos datos, generando y validando hipótesis a partir de estos, compilándolas a lo largo del tiempo, permitiendo así realizar pronósticos a partir de la perspectiva histórica de los datos recolectados con OLTP, lo que implica introducir los datos OLTP (previamente extraídos, transformados y cargados) dentro de un sistema de almacenamiento de datos (Data Warehouse) para su posterior análisis (OLAP). Al proceso de extraer, transformar y cargar (Extract, Transform, Load), se le denomina ETL (Stitch, s.f.) (Sinnexus, s.f.).


La diferencia esencial entre OLTP y OLAP es que la primera (OLTP: On – Line Transaction Processing), es un sistema transaccional de modificación de base de datos online, mientras la segunda (OLAP: On – Line Analytical Processing) es un sistema de respuesta de consulta (recuperación y consulta) de base de datos multidimensionales online, con un volumen de transacciones bajo. 


Así, en OLTP, se presenta un alto volumen de transacciones cortas (Insert, Delete, Update), procesamiento rápido y muchas tablas; mientras que, en OLAP, hay un alto volumen de datos (con información histórica agregada almacenada en esquemas multidimensionales o tabulares) y consultas lentas (siendo la rapidez de la consulta una medida de su efectividad). Por lo cual, es evidente que sirven a diferentes requerimientos y propósitos de los usuarios. A continuación, comparativo entre los dos (PC Solución, 2018) (DW4U, s.f.)

 

 

OLTP

OLAP

Concepto

Es un sistema transaccional en línea, que gestiona la modificación de la base de datos en tiempo real.

Es un sistema de recuperación de datos multidimensionales históricos y de análisis de datos en línea.

Propósito de los datos

Controlar y operar tareas fundamentales del negocio, en tiempo real.

Planificar, resolver problemas, soportar la toma de decisiones, realizar inferencias y conclusiones.

Vista de los datos

Vista diaria de las transacciones de un negocio. El acceso a los datos está optimizado para tareas frecuentes de lectura y escritura.

Vista multi – dimensional de varios tipos de actividades del negocio.

Historial de datos

Suele limitarse a los datos actuales o recientes.

Es de largo plazo (más de un año: 2 a 5 años, por ejemplo).

Funciones

Insertar, eliminar, actualizar (Insert, Delete, Update) información de la base de datos.

Extraer (Select) datos multidimensionales para su análisis.

Ingreso y actualización de datos

Ingreso corto y rápido de datos, así como actualizaciones, todas iniciadas por los usuarios finales.

Actualizaciones largas y periódicas, programadas.

Fuente de datos

Transacciones.

Datos agregados, provenientes de transacciones. La base de datos OLTP se convierte en la fuente de datos para OLAP.

Transacción

Transacciones cortas, pero frecuentes.

Transacciones largas, y menos frecuentes.

Tiempo de procesamiento de transacciones

Comparativamente menor que OLAP.

Comparativamente mayor que OLTP.

Consultas

Relativamente simples y estandarizadas, obteniendo relativamente pocos registros.

Frecuentemente complejas, involucrando agregaciones de datos.

Velocidad de procesamiento

Típicamente, muy rápida (milisegundos).

Depende de la cantidad de datos involucrados (segundos, minutos). Las actualizaciones y consultas complejas pueden tomar varias horas. La velocidad de consulta puede ser optimizada, creando índices.

Espacio de almacenamiento

Relativamente pequeño si los datos históricos están archivados.

Mayor, debido a la existencia de estructuras de agregación y datos históricos. Requiere más índices que OLTP.

Diseño de la base de datos

Altamente normalizado para lograr eficiencia (generalmente en Tercera Forma Normal: 3NF), con muchas tablas.

Típicamente desnormalizado, con menos tablas. Utiliza esquemas multidimensionales (en estrella o copo de nieve) para el análisis.

Estructura y formatos de los datos

Los datos se estructuran según el nivel de aplicación. Los formatos de datos no son necesariamente uniformes, siendo frecuente la ausencia de compatibilidad y la existencia de islas de datos).

Los datos se estructuran según las áreas de negocio. Los formatos de los datos están integrados de manera uniforme en toda la organización.

Diseño del sistema de gestión de base de datos

Diseñado para industrias específicas, tales como distribución minorista, manufactura, sector financiero

Diseñado para propósitos específicos, como ventas, inventarios o mercadeo.

Ejemplos de usuarios

Personal de atención al cliente, compradores en línea.

Trabajadores del conocimiento (como analistas de datos, ejecutivos y directivos).

Productividad

Incrementa la productividad de los usuarios finales.

Incrementa la productividad de los analistas de datos, ejecutivos y directivos del negocio.

Actualización y respaldo

Requiere actualizaciones frecuentes o concurrentes, para evitar pérdida de datos operacionales (críticos para la operación del negocio).

En vez de actualizaciones regulares, en algunos casos simplemente se puede recargar la base de datos OLTP. Las actualizaciones son mucho menos frecuentes.

Integridad de los datos

Debe mantener la restricción de integridad de datos, por ejecutar transacciones frecuentes en la base de datos que pueden llegar a dañar dichos datos.

Al realizarse transacciones con menos frecuencia, no se ve afectada tan fácilmente la integridad de los datos.

 

Comparación entre OLTP y OLAP (Oracle, s.f.) (PC Solución, 2018) (Franco, 2019) (Taylor, 2021)

 

Teniendo presente que OLTP permite la ejecución en tiempo real de grandes cantidades de transacciones en la base de datos por un gran número de personas, típicamente en línea; mientras OLAP es un sistema para realizar análisis multidimensional a grandes velocidades sobre grandes cantidades de información (provenientes de un almacén o depósito de datos), a fines tales como minería de datos, inteligencia de negocios, cálculos analíticos complejos y reportes de negocio (análisis financiero, presupuestos, pronósticos de ventas); encontramos lo siguiente:

 

Los sistemas OLTP utilizan una base de datos relacional, que permite procesar un gran número de transacciones relativamente simples: insertar, actualizar y eliminar datos; permitiendo acceso múltiple de los usuarios a los mismos datos (asegurando en todo caso la integridad de los mismos); soportar un procesamiento muy rápido, con tiempos de respuesta en milisegundos; proveer datos indexados para búsquedas y consultas rápidas; estar disponibles 24/7/365, con actualizaciones constantes e incrementales (IBM Cloud Education, 2020), cumpliendo con ciertas características (Atomicity, Consistency, Isolation, Durability, ACID), que se refieren a las cuatro propiedades clave de una transacción (Classora Technologies, s.f.) (IBM, s.f.) (Geeks for Geeks, 2021).

 

A su vez, el núcleo de las bases de datos OLAP es el cubo OLAP, que permite la búsqueda, reporte y análisis de datos multidimensionales (una dimensión de datos es un elemento de un juego particular de datos. Por ejemplo: datos de ventas, puede tener varias dimensiones, como región, época del año y líneas de producto). 


El cubo OLAP extiende el formato de filas y columnas de un esquema tradicional de base de datos relacional, agregando capas adicionales para otras dimensiones de datos, en esquemas (generalmente tipo estrella o copo de nieve). Un cubo OLAP puede contener un número infinito de capas (de esta manera, un cubo OLAP con más de tres dimensiones se conoce como hipercubo) (IBM Cloud Education, 2020).


Un cubo OLAP es entonces un vector de varias dimensiones, a visualizar, desde el punto de vista relacional, como una tabla de hechos con dos tipos de columnas: indicadores (métricas o ratios, los valores numéricos con los que se va a operar la tabla) y dimensiones (las características por las que se pueden filtrar y cruzar los indicadores). Las columnas de dimensiones tienen claves foráneas a tablas de dimensión, que pueden ser tablas de maestros con clave – valor (esquema en estrella), o tablas organizadas en jerarquías (esquema en copo de nieve). 


Para dimensionar los cubos, se deben considerar dos características: la cardinalidad (posibles combinaciones de todos los valores de todas las dimensiones) y la granularidad del cubo (nivel de detalle máximo / nivel de agregación mínimo de los datos) (Classora Technologies, s.f.)

 

Así, las bases de datos OLTP pueden basarse en un modelo de almacenamiento relacional (ROLAP), o relacional/multidimensional (MOLAP) o híbrida (HOLAP); están optimizadas para operaciones de lectura, según las necesidades analíticas de las áreas de negocio, para lo cual los formatos de datos están integrados de manera uniforme en toda la organización (evitando islas de datos). 


Estas bases son asíncronas (no siempre se actualizan en tiempo real, pues se alimentan con información procedente de las bases relacionales mediante proceso ELT), permiten las consultas realizadas en lenguaje MDX, y la gestión de datos históricos a largo plazo, siendo una de las exigencias analíticas realizar estudios de la evolución de un dato a través del tiempo. (Classora Technologies, s.f.)

 

Por su parte, según la explicación del contrato, el sistema de gestión de datos aquí reseñado es distribuido, es decir, un conjunto de bases de datos lógicamente relacionadas, distribuidas en diferentes sitios interconectados por una red de comunicaciones, con capacidad de procesamiento autónomo (que les permite realizar operaciones locales o distribuidas, de tal manera que un usuario en cualquier sitio puede acceder a los datos en cualquier parte de la red). 


Viéndolo en sentido estricto, en las bases de datos distribuidas no hay almacenamiento de datos, pues todos los nodos contienen información. Los clientes (usuarios) son iguales y tienen los mismos derechos. A su vez, una base de datos descentralizada significa que no hay almacenamiento central. Los servidores están conectados entre sí, y algunos proporcionan información a los clientes (Tar, 2017).


Las bases de datos distribuidas (o descentralizadas) son populares, por: (a) fiabilidad: si ocurre una falla en un área de la distribución, no se afecta toda la base de datos; (b) seguridad: se pueden otorgar permisos a secciones individuales de la base de datos general; (c) rentabilidad: los precios del ancho de banda disminuyen porque los usuarios acceden a datos remotos con menor frecuencia; (d) acceso local (si hay una falla en la red general, aún se puede obtener acceso a la parte local de la base de datos); (e) crecimiento: permite escalabilidad en la distribución (al agregar una nueva ubicación, se crea un nodo adicional a la estructura preexistente); (f) velocidad y eficiencia de los recursos: la mayoría de las solicitudes y otras formas de interactividad con la base de datos se realizan a nivel local, lo cual reduce el tráfico remoto; (g) responsabilidad y contención: si las fallas ocurren localmente, puede ser contenido más fácilmente. 


Estas bases de datos son requeridas especialmente por organizaciones que operan en diferentes locaciones geográficas, con numerosas oficinas, las cuales interactúan principalmente con los datos de sus propias operaciones (acudiendo a los datos generales de la empresa con mucho menos frecuencia), sin perjuicio de tener acceso a lotes de datos de otras áreas de la organización (Tecnologías Información, s.f.).

 

 

Base de datos centralizada

Base de datos distribuida o descentralizada

Concepto

Contiene una base de datos única, localizada en una sola locación en la red.

Contiene dos o más bases de datos localizadas en diferentes locaciones dentro de la red.

Gestión y conservación de los datos

La administración, actualización y realización de copias de respaldo de datos es más fácil por tratarse de una base de datos única.

Se requiere sincronizar los datos, al existir bases de datos múltiples en la red.

Evaluación a de los datos

Consume mayor tiempo para acceder a los datos, por el acceso múltiple de los usuarios a la base de datos única.

Mayor velocidad para acceder a los datos, porque éstos se recuperan de los archivos almacenados en la base de datos más cercana.

Falla o colapso del sistema

Si la base de datos falla o colapsa, los usuarios no pueden acceder a los archivos.

Si falla una de las bases de datos de la red, los usuarios todavía pueden acceder a otros archivos de la base de datos distribuida.

Seguridad de los datos

Si se tiene acceso al servidor con la información, cualquier dato puede agregarse, modificarse o eliminarse.

A mayor cantidad de computadores conectados en la red descentralizada o distribuida, mayor capacidad de respuesta a los ataques cibernéticos. Los ataques distribuidos por denegación de servicio, DDoS, son posibles siempre y cuando su capacidad sea mucho mayor que la de la red (el sistema no se sobrecarga tan fácilmente).

Confiabilidad

Si hay varias solicitudes, el servidor puede averiarse y no responder.

Las redes descentralizadas pueden soportar presión significativa sobre la red, pues todos los nodos de la red tienen los datos, por lo cual, las solicitudes se distribuyen entre los nodos (la presión no recae en una sola computadora, sino en toda la red).

Accesibilidad

Si el almacenamiento central experimenta problemas, no se puede obtener información si no se resuelven éstos primero. Además, los procesos están unificados y ello puede que no favorezca a las necesidades particulares de los usuarios.

Al no existir almacenamiento centralizado, todos los datos se distribuyen entre los nodos de la red. Superando ciertas restricciones preconcebidas, las adiciones, ediciones o supresiones de datos se difunden entre otros usuarios de la misma red. O los datos se copiarán para coincidir con los otros nodos. Las bases de datos aceleran la comunicación entre las diferentes partes en el carril de producción.

Tasas de transferencia de datos

Mayor. Si los nodos están ubicados en diferentes países o continentes, la conexión con el servidor puede convertirse en un problema difícil de resolver.

Menor. El usuario puede elegir el nodo y trabajar con toda la información requerida, sin mayores problemas por la conexión a Internet.

Escalabilidad

Difíciles de escalar, pues la capacidad del servidor es limitada y el tráfico no puede ser infinito.

Los modelos descentralizados y distribuidos no presentan este problema, pues la carga se comparte entre varias computadoras.

Consistencia de los datos

Por tratarse de una base de datos única, hay mayor consistencia en los datos, brindando una vista completa de la base de datos al usuario.

Pueden existir datos replicados y, por ende, un grado de inconsistencia de datos.

 

Comparativo base de datos centralizada vs. distribuida (Sawakinome, s.f.) (Tar, 2017) (Bigeek, 2017)

 

Por último, los dos tipos generales de bases de datos (centralizada y distribuida), pueden llegar a reclasificarse, prevaleciendo en los sistemas distribuidos el modelo híbrido (Bigeek, 2018):

 

Centralizada

La base de datos se localiza en un único lugar centralizado.

Réplica

Toda la información existente en un nodo se encuentra replicada en otro nodo.

Particionada

Solo hay una copia de un elemento en todo el clúster, pero ésta se encuentra distribuida entre todos los nodos de la red.

Híbrida

Los datos se encuentran particionados entre los diferentes nodos y se almacena una réplica, también particionada.

 

Subtipos de bases de datos (centralizada / distribuidas) (Bigeek, 2018)

 

Las explicaciones técnicas anteriores son importantes, por cuanto nos ubican en el contexto jurídico aquí relevante, en cuanto al manejo de dichos datos e información, específicamente en cuanto a los obtenidos de terceros (bajo la Ley de Habeas Data no financiero, Ley Estatutaria 1518 de 2012.


Ahora, en cuanto al tema de manejo de datos personales, bajo la Ley Estatutaria 1581 de 2021:


Uno de los derechos constitucionales, de carácter fundamental, introducidos por la Carta Política de 1991, es el derecho a la autodeterminación informativa (habeas data), cuyo núcleo esencial es el derecho de todas las personas (naturales o jurídicas) a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas, debiéndose respetar en la recolección, tratamiento y circulación de datos, la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución (Art. 15, C.P.).

 

Para desarrollar legalmente este derecho constitucional, se han emitido dos leyes, a saber: Ley 1266 de 2008 (hábeas data financiero), y Ley 1581 de 2012 (habeas data no financiero). Su diferente ámbito de aplicación obedece a que la primera se restringe al sector financiero, mientras que la otra abarca todos los demás ámbitos (incluyendo el objeto de la contratación en comento).

 

En este orden, los principios y disposiciones de la Ley 1581 de 2012, son aplicables a los datos personales registrados en cualquier base de datos que los haga susceptibles de tratamiento por entidades de naturaleza pública o privada; aplicando al tratamiento de datos personales efectuado en territorio colombiano, o cuando al responsable o encargado del tratamiento no establecido en territorio nacional le sea aplicable la legislación colombiana en virtud de normas y tratados internacionales, quedando fuera del ámbito de aplicación de esta ley, entre otras, las bases de datos o archivos mantenidos en un ámbito exclusivamente personal o doméstico (Art. 2º, Ley 1581 de 2012). 


La Ley 1581 de 2012 es clara y enfática que cuando estas bases de datos o archivos vayan a ser suministradas a terceros, se deberá, de manera previa, informar al titular y solicitar su autorización, quedando los responsables y encargados de las bases de datos y archivos, sujetos a las disposiciones contenidas en dicha ley (Art. 2º, Ibid.).

 

Entiéndese en este punto, (a) base de datos: conjunto organizado de datos personales que sea objeto de tratamiento; (b) dato personal: cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables; (c) titular: persona natural cuyos datos personales sean objeto de tratamiento; (d) tratamiento: cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión; (e) autorización: consentimiento previo, expreso e informado del titular para llevar a cabo el tratamiento de datos personales (Art. 3º, Ibid.).

 

Y, en cuanto a los intervinientes en la relación de tratamiento de datos, tenemos: (a) titular: persona natural cuyos datos personales sean objeto de tratamiento; (b) encargado del tratamiento: persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el tratamiento de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento; (c) responsable del tratamiento: persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el tratamiento de datos (Art. 3º, Ibid.).


En este tipo de contratos, lo que usualmente ocurre es que la empresa denominada canal o suministradora (en este caso, la empresa ABC); termina siendo, de una u otra manera, titular de información, así como la empresa cuyos datos primordialmente se recolectan (es decir, la empresa XXX), y los terceros adquirentes de productos de la empresa XXX comercializados por la empresa ABC. 


Por su parte, el encargado del tratamiento, puede ser, la misma empresa canal o suministradora (ABC), o la empresa más interesada, XXX (si decide hacerlo directamente), o un tercero, el caso más usual (llamémosla aquí la empresa XYZ), quien se encarga de la labor ETL para Data Warehouse en el sistema OLAP de la empresa XXX). De igual manera, sin perjuicio de cualquier esquema de tercerización, el canal (la empresa ABC) es encargado del tratamiento frente a datos recolectados de los clientes finales (sistema OLTP).


Recordemos que el encargado del tratamiento (muy seguramente, la empresa XYZ) es el encargado del tratamiento (es decir, la empresa que realiza real y materialmente las actividades ETL, es decir, las labores de extraer, transformar y cargar datos (Extract, Transform, Load) en la operación.

¿Quién es titular de datos? Sin importar que el convenio tenga la posibilidad de recolectar datos de terceros, la realidad es que la titularidad de los datos es conjunta, pues hace referencia a la celebración de contratos de compraventa o de suministro (Art. 968 C. de Co.: el suministro es el contrato por el cual una parte se obliga, a cambio de una contraprestación, a cumplir en favor de otra, en forma independiente, prestaciones periódicas o continuadas de cosas o servicios).


Como resultado de dicha operación comercial (que involucra a un suministrador, la empresa ABC, y a diferentes consumidores, los clientes finales; así como al fabricante o distribuidor mayorista del producto suministrado, la empresa XXX), todas las partes se intercambian información entre sí, la cual es recolectada por el suministrador ABC, seguramente mediante sistemas de intercambio electrónico de datos, EDI (Electronic Data Interchange), para conformar su base de datos OLTP, la cual, se reitera, es un sistema transaccional de modificación de bases de dato, en el cual se presenta un alto volumen de transacciones cortas (Insert, Delete, Update), procesamiento rápido y muchas tablas; mientras que, en OLAP, hay un alto volumen de datos (con información histórica agregada almacenada en esquemas multidimensionales o tabulares) y consultas lentas (siendo la rapidez de la consulta una medida de su efectividad) (PC Solución, 2018) (DW4U, s.f.).


Ello significa también, que los datos que en el Núm. 1.3, del contrato, los cuales se anuncia, serán recolectados (extraídos) por el miembro interviniente (la empresa XYZ) del servidor (o servidores) de la empresa ABC (el canal), le pertenecen a distintos grupos de personas, siendo una de ellas la empresa XXX (titular de los datos e información relacionados con sus productos), otra la emprpesa ABC (con respecto a los mismos datos e información relacionados con los productos de la empresa XXX que ha acordado comercializar), y otras, los múltiples terceros que figuran como clientes de la empresa ABC vinculados como consumidores en la relación de suministro.

 

¿Por qué la titularidad frente a los datos relacionados con los productos de la empresa XXX comercializados por la empresa ABC, es compartida y no privativa de la empresa XXX? 


Porque los datos que son extraídos de la base de datos OLTP de la empresa ABC, no solamente hacen referencia a datos básicos de los productos a comercializar (incluyendo datos relevantes para la óptima gestión de sus inventarios), sino eventualmente a datos sobre el proceso logístico, de gestión de almacén (WMS), con información clave de interés para la empresa ABC, que le permita tomar decisiones sobre su flujo logístico (por ejemplo, si éste va a ser del tipo push, los productos se fabrican o adquieren para reventa, en función de la demanda prevista; o del tipo pull: se producen los productos o se adquieren para la reventa, acordes con la existencia de una demanda real y cierta). 


Ello supone que la empresa ABC, puede utilizar los mismos datos en su propia base de datos OLAP, la cual seguramente se plantearía bajo un esquema HOLAP (híbrido), que combine los dos modelos básicos de almacenamientos: MOLAP (OLAP multidimensional) y ROLAP (OLAP relacional), dependiendo del diseño del sistema.

 

De igual manera, volviendo a los temas generales de la Ley 1581 de 2012, ésta define unos principios rectores para el tratamiento de datos personales: legalidad, finalidad, veracidad o calidad, transparencia, acceso y circulación restringida, seguridad y confidencialidad (Art. 4º, Ibid.), que se reflejan en aspectos específicos de la Ley 1581 de 2012, y su Decreto Reglamentario, 1377 de 2013. Ambas, normas imperativas (de orden público, y que además prevalecen sobre las disposiciones contractuales en contrario).

 

Existe también una categoría especial de datos, denominados datos sensibles, aquellos que afectan la intimidad del titular o cuyo uso indebido puede afectar su discriminación. 


Al efecto, la doctrina distingue entre (a) datos públicos: los que la ley o la Carta Política determinan como tal, así como todos aquellos que no sean semiprivados o privados; (b) datos semiprivados: los que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública, y cuyo conocimiento o divulgación puede interesar no solo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas; (c) datos privados: los que por su naturaleza íntima o reservada solo son relevantes para el titular de la información; y (d) datos sensibles: los que afectan la intimidad del titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación (Superintendencia de Industria y Comercio - SIC, s.f.).


Así las cosas, con respecto a los terceros (clientes de la empresa ABC, consumidores finales de productos de la empresa XXX), los datos que se piensa recolectar son, o públicos o semiprivados, conforme a las anteriores definiciones. Por lo tanto, es procedente su recolección y tratamiento, previa autorización expresa y explícita, advirtiendo sobre la posibilidad del manejo de datos sensibles (Art. 6º, Lit. a; y Art. 9º, Ley 1581 de 2012).


Los encargados del tratamiento (a nivel OLTP, el canal o suministrador ABC; y a nivel ETL para la base OLAP de la empresa XXX, el proveedor de servicios tecnológicos XYZ), deben a su vez cumplir con similares obligaciones (Art. 18).

 

A continuación, cuadro comparativo de las obligaciones legales que tienen las distintas partes involucradas, frente a los terceros titulares de datos personales (Arts. 17 y 18, Ley 1581 de 2012):

 

Empresa ABC (canal o suministradora de datos)

Empresa XYZ (proveedor de servicios tecnológicos)

XXX (proveedor de productos sobre los cuales se generan datos en su flujo logístico)

Deberes de los encargados del tratamiento de datos personales (Art. 18)

Deberes de los responsables del tratamiento de datos personales (Art. 18)

 

 

 

Garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data;

Garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data;

 

 

 

 

Solicitar y conservar, en las condiciones previstas en la presente ley, copia de la respectiva autorización otorgada por el Titular

 

 

 

 

Informar debidamente al Titular sobre la finalidad de la recolección y los derechos que le asisten por virtud de la autorización otorgada

 

 

 

Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento

Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento

 

 

 

 

Garantizar que la información que se suministre al Encargado del Tratamiento sea veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible

 

 

 

Realizar oportunamente la actualización, rectificación o supresión de los datos en los términos de la presente ley

 

 

 

 

Actualizar la información reportada por los responsables del Tratamiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de su recibo

Actualizar la información, comunicando de forma oportuna al Encargado del Tratamiento, todas las novedades respecto de los datos que previamente le haya suministrado y adoptar las demás medidas necesarias para que la información suministrada a este se mantenga actualizada

 

 

 

 

Rectificar la información cuando sea incorrecta y comunicar lo pertinente al Encargado del Tratamiento

 

 

 

 

Suministrar al Encargado del Tratamiento, según el caso, únicamente datos cuyo Tratamiento esté previamente autorizado de conformidad con lo previsto en la presente ley

 

 

 

 

Exigir al Encargado del Tratamiento en todo momento, el respeto a las condiciones de seguridad y privacidad de la información del Titular

 

 

 

Tramitar las consultas y los reclamos formulados por los Titulares en los términos señalados en la presente ley

Tramitar las consultas y los reclamos formulados por los Titulares en los términos señalados en la presente ley

 

 

 

Adoptar un manual interno de políticas y procedimientos para garantizar el adecuado cumplimiento de la presente ley y, en especial, para la atención de consultas y reclamos por parte de los Titulares

Adoptar un manual interno de políticas y procedimientos para garantizar el adecuado cumplimiento de la presente ley y en especial, para la atención de consultas y reclamos

 

 

 

 

Informar al Encargado del Tratamiento cuando determinada información se encuentra en discusión por parte del Titular, una vez se haya presentado la reclamación y no haya finalizado el trámite respectivo

 

 

 

 

Informar a solicitud del Titular sobre el uso dado a sus datos

 

 

 

Registrar en la base de datos la leyenda “reclamo en trámite” en la forma en que se regula en la presente ley

 

 

 

 

Insertar en la base de datos la leyenda “información en discusión judicial” una vez notificado por parte de la autoridad competente sobre procesos judiciales relacionados con la calidad del dato personal

 

 

 

 

Abstenerse de circular información que esté siendo controvertida por el Titular y cuyo bloqueo haya sido ordenado por la Superintendencia de Industria y Comercio

 

 

 

 

Permitir el acceso a la información únicamente a las personas que pueden tener acceso a ella

 

 

 

 

Informar a la Superintendencia de Industria y Comercio cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los Titulares

Informar a la autoridad de protección de datos cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los Titulares

 

 

 

Cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio

Cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio

 

Todo lo expuesto, según este caso hipotético, sirve para advertir que en este tipo de operaciones (entre personas jurídicas), y aún cuando aparentemente no se estén recopilando datos personales (limitada dicha definición a personas naturales), la empresa canal o suministradora (empresa ABC), debe recordar que es esta compañía quien seguramente realiza la captura inicial de los datos personales a terceros; así como la captura de los datos de interés para la empresa XXX para su seguimiento a nivel logístico (gestión de inventarios).


Eso implica que la empresa canal o suministradora (empresa ABC), debe implantar una política de manejo de datos personales, aún frente a personas jurídicas, pues si bien la Ley 1581 de 2012 define “datos personales” como aquellos referidos a personas naturales, el Art. 15 Constitucional ofrece un claro amparo supralegal a todo tipo de personas (naturales y jurídicas), de tal manera que dicha normatividad puede aplicar por analogía, salvo el régimen administrativo sancionatorio bajo la competencia de la Delegatura para la Protección de Datos Personales, de la Superintendencia de Industria y Comercio – SIC. 


Esto por cuanto la realidad también, incuestionable, es que la empresa canal o suministradora (empresa ABC), está de una u otra forma, capturando y haciendo tratamiento de datos de terceros. Es erróneo asumir que, porque los productos objeto de comercialización pertenecen a la empresa XXX, es esta última empresa la propietaria o titular de los datos, pues el flujo logístico del producto a través del canal de comercialización es el resultado de una transacción comercial con un tercero (el cliente).


De otra parte, la titularidad de los datos del flujo logístico es compartida entre las empresas ABC y XXX, más allá de la definición legal de la Ley 1581 de 2012, los datos son representaciones de hechos (y evidencia necesaria para tomar decisiones). 


Según el DMBok, la información son los datos en contexto; el conocimiento, la comprensión, cognición y reconocimiento de una situación. Y la sabiduría (resultado final), el entendimiento sobre cómo aplicar de la mejor manera el conocimiento para obtener resultados (Watson, 2013, págs. 30 - 31) (DAMA International, 2017).


Confío así en que todas estas explicaciones (aludiendo al antedicho caso hipotético), sirvan para motivar la necesidad de asumir un enfoque integrado para el abordaje de tales proyectos, muy especialmente integrando los aspectos comerciales, tecnológicos y jurídicos. 


Hasta una nueva oportunidad, 


Camilo García Sarmiento


Referencias

 

Bigeek. (17 de octubre de 2017). Introducción a Bases de Datos. Obtenido de Bigeek: https://blog.bi-geek.com/introduccion-bases-datos/

Bigeek. (6 de marzo de 2018). Introducción a Bases de Datos Distribuidas. Obtenido de Bigeek: https://blog.bi-geek.com/introduccion-bases-datos-distribuidas/

Classora Technologies. (s.f.). Bases de datos OLAP vs OLTP. Obtenido de Classora : https://blog.classora-technologies.com/2013/06/25/bases-de-datos-multidimensionales-olap-vs-oltp/

Corte Constitucional. (28 de marzo de 2012). Sentencia C - 252 (M.P.: Henao, J.). Bogotá, Colombia.

DAMA International. (2017). DAMA - Data Management Body of Knowledge (DMBoK2). Vancouver, Canada: DAMA International.

DW4U. (s.f.). OLTP vs. OLAP. Obtenido de DW4U: https://www.datawarehouse4u.info/OLTP-vs-OLAP.html

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